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Martes, 19 Marzo 2024

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Consejos del Reaf ante el cierre del ejercicio

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) recomienda a las empresas que tengan en cuenta las últimas novedades tributarias de cara al cierre del ejercicio fiscal 2009, como la libertad de amortización manteniendo plantilla, la rebaja de tipos para las pymes que mantengan la plantilla.

También recuerda la posibilidad de refinanciar una adquisición en régimen de arrendamiento financiero sin perder los beneficios del régimen especial, según se recoge en un informe elaborado por Reaf en colaboración con el portal finanzas.com

A modo de resumen, los asesores fiscales recomiendan comprobar que se han aplicado correctamente los criterios de contabilización de ingresos y, en este sentido, recuerdan que para registrar un ingreso por ventas es preciso que la entidad haya transferido sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a la transmisión.

Igualmente, consideran importante revisar la clasificación contable de los activos financieros, clasificación que será distinta según el Plan General Contable que se aplique (general o pymes). De dicha clasificación, dependerá la valoración que se le dé a los activos y que las diferencias, sin tener en cuenta el deterioro, puedan pasar directamente a pérdidas y ganancias y, por ende, a la base imponible o vayan a patrimonio neto.

También aconsejan revisar la correcta activación de gastos financieros, así como estudiar si interesa aplicar alguno de los beneficios fiscales previstos como la libertad de amortización con mantenimiento de empleo, que se puede aprovechar por cualquier tipo de entidad en este ejercicio por vez primera o la amortización libre de gastos de I+D, también para cualquier entidad.

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El Reaf indica que también constituye una novedad este ejercicio que, en el gasto fiscal que una entidad se puede aplicar por las pérdidas de sus participadas sin necesidad de que se haya contabilizado un gasto contable equivalente por deterioro de la cartera de empresas del grupo, multigrupo o asociadas, se puedan tener en cuenta las pérdidas de filiales de segundos y ulteriores niveles.

Analizar operaciones vinculadas

Por último, los asesores fiscales afirman que conviene «rastrear» las operaciones vinculadas que la empresa pueda haber realizado, a fin de valorarlas a valor normal de mercado y, lo que es muy importante para evitar sanciones, justificar y documentar las realizadas desde el 19 de febrero de 2009.

Además, para el ejercicio iniciado en 2009, como novedad, las entidades con una cifra de negocios de menos de 5 millones de euros, con menos de 25 empleados y que tengan una plantilla media de, al menos, un empleado y ésta sea mayor o igual a la plantilla media de los doce meses anteriores al inicio del primer ejercicio iniciado en 2009, podrán aplicar, en lugar del tipo del Impuesto de Sociedades del 25-30%, el 20% por los primeros 120.202,41 euros de base imponible y el resto, al 25%

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