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Viernes, 29 Marzo 2024

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Los Ayuntamientos empezarán a pagar a las pymes en mayo

El Gobierno ha dado luz verde al mecanismo de financiación que permitirá agilizar los pagos que las entidades locales mantienen con las empresas y que son pymes en su gran mayoría.  A partir del próximo mes de mayo los Ayuntamientos dispondrán de más liquidez para pagar a sus proveedores, que comenzarán a saldar sus facturas pendientes.

Además el Gobierno ha remitido al Parlamento un proyecto de ley orgánica que contempla el otorgamiento del aval del Estado en futuros mecanismos de financiación de todas las administraciones públicas con la misma finalidad, dado que ahora la ley no permite a la Administración Central avalar estas operaciones.

Según el Ejecutivo, la «grave» situación de la actual crisis económica, que ha traído consigo que las administraciones acumulen importantes retrasos en el pago de sus facturas, ha sido el principal detonante que ha impulsado al Gobierno a aprobar estas medidas.

La condición que debe cumplir el proveedor para tener derecho al cobro de sus facturas es que se trate de obligaciones pendientes de pago generadas por obras, servicios o suministros realizados antes del 1 de enero de 2012 y que, además, sean contratos incluidos en el ámbito de lo recogido en la Ley de Contratos del Sector Público.

Previamente y con el propósito de conocer la cuantía exacta que tienen pendiente de cobro los proveedores, las entidades locales deberán emitir telemáticamente y con firma electrónica al Ministerio de Hacienda, antes del 15 de marzo, una relación de todas las facturas pendientes de pago. En ellas debe constar la identificación del contratista, el importe, la fecha de recepción de la factura y si se ha iniciado o no un trámite judicial por parte del contratista para su cobro.

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Las entidades locales permitirán a los contratistas consultar su inclusión y las cuantías que les afectan. En el caso de que no aparezcan en el listado los contratistas, aportando la documentación necesaria, podrán reclamar a su ayuntamiento que emita un certificado individual y éste no podrá negarse. La norma contempla que el incumplimiento por parte de los funcionarios competentes de las obligaciones de expedición de certificaciones y comunicaciones previstas tendrá la consideración de faltas muy graves.

El mecanismo de financiación, que estará vigente durante 2012, y fijará como criterios para la prioridad de cobro el descuento ofertado sobre el importe principal de la obligación pendiente de pago o la antigüedad de la factura. Todos aquellos proveedores o contratistas que tengan derecho al cobro podrán voluntariamente hacerlo efectivo mediante su presentación en las principales entidades de crédito del país.

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