A lo largo de este mes de febrero las pymes deberán preparar la presentación de los modelos 184 (declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas,) y 347 (declaración anual de operaciones con terceras personas). La presentación de ambos trámites podrán realizarse a lo largo de todo el mes y deberán hacerse por vía telemática: bien a través del certificado digital o bien a través del PIN 24 horas, del que ya os hemos hablado.
Como principales novedades, en el modelo 184 encontraremos casillas en las que se distinguen las pérdidas y ganancias derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales. Desde el uno de enero de 2013, se integran en la base imponible del ahorro cuando su período de generación es superior a un año y en la base imponible general cuando es menor o igual al año.
En el caso del modelo 347, se amplía el número de entidades que están obligados a presentarlo. En este caso, surgen como nuevos sujertos las comunidades de propietarios; algunas entidades de carácter social y sujetos acogidos al régimen simplificado del IVA con respecto a las operaciones por las que reciban factura y que estén anotadas en el libro registro de facturas recibidas.
También se elimina el límite mínimo excluyente de 3.005,06 euros exclusivamente para obligar a declarar todas las subvenciones otorgadas por las distintas administraciones Públicas a una misma persona o entidad.