El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha acordado con los sindicatos modificar el criterio en relación con el acceso a la jubilación anticipada, por lo que aquellas personas que perdieron su trabajo antes del 1 de abril de 2013 sin formar parte de un despido colectivo y manteniendo convenios individuales con la Seguridad Social podrán acogerse a la jubilación anticipada con 61 años.
De no haber dado marcha atrás el Ejecutivo, hasta 35.000 trabajadores despedidos antes de abril de 2013 y que mantienen convenios especiales con la Seguridad Social no podrían haberse prejubilado con 61 años y hubieran tenido que hacerlo con 63, de acuerdo con la reforma de pensiones del Gobierno que entró en vigor en ese mes del año pasado. De este modo, la Seguridad Social se pondrá en contacto con los afectados en los próximos días para informales del cambio de criterio y del mantenimiento de su derecho a la jubilación anticipada en los términos que tenían previsto.
La queja de los sindicatos motivó una reunión en la que se ha acordado que el Ministerio vuelva a flexibilizar las condiciones de algunas jubilaciones anticipadas a los 61 años. Según la norma, se accede a la jubilación anticipada a los 63 años y habiendo cotizado un mínimo de 33 años, en lugar de jubilarse a los 61 con 30 años cotizados, como se permitía antes de la reforma de 2011. Pero como excepción se pueden seguir aplicando los requisitos de jubilación anticipada anteriores a las reformas a los despedidos mayores de 55 años.