Viernes, 03 de septiembre de 2010
Síguenos en:
¿Olvidó su contraseña?
Usuario   
Contraseña   
Regístrese aquí

 


MuyPymes on Facebook

Actualidad - Gestión
Hoy entra en vigor la Ley de Morosidad PDF Imprimir E-mail
Escrito por Redacción    Miércoles, 07 de Julio de 2010 08:40
Este miércoles entra en vigor la Ley de Morosidad, que fija unos plazos máximos de 60 días para los pagos de empresas a sus proveedores y de 30 días en el caso de las administraciones públicas, con un periodo de adaptación en ambos casos que se extenderá hasta 2013.

La norma, publicada ayer en el BOE, obliga al Gobierno a articular a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) una línea de crédito directo dirigida a ayuntamientos con el fin de que puedan pagar sus deudas con empresas y autónomos. 
Asimismo, elimina la posibilidad de que las empresas negocien plazos superiores de pago a los fijados por la ley. El periodo transitorio para que las administraciones públicas reduzcan su límite de plazo se extiende hasta 2013, con una escala de 50 días para este año, 50 para 2011, 45 para 2012 y 30 días desde el 1 de enero de 2013.

En el caso de las empresas privadas, y exceptuando el sector de la alimentación y los productos perecederos (que quedarán obligados a pagar en 30 días en todos los casos) el período transitorio también se extiende hasta 2013, de forma que desde la entrada en vigor de la ley y a lo largo de 2011 el plazo será de 85 días, de 75 en 2012 y de 60 días ya a partir del siguiente año.

No obstante, las constructoras de obra pública contarán con plazos distintos para rebajar el plazo máximo de pago de facturas a sus subcontratistas y proveedores, que actualmente supera los cien días.

En concreto, las empresas del ramo podrán pagar a 120 días desde hoy hasta el 31 de diciembre de 2011. En el año siguiente este plazo deberá rebajarse a 90 días, para fijarlo en los 60 reglamentarios en el ejercicio 2013.

Asimismo, la ley habilitará al Gobierno para determinar un "régimen especial" de pagos para el sector del libro que tenga en cuenta las "especiales circunstancias" de este sector en relación a los ciclos de explotación, la rotación de 'stocks' y el específico régimen de depósito de libros.

Además, establece que las empresas informen en su memoria de cuentas anuales sobre los plazos en los que abonan las facturas a sus proveedores.


 

Escribir un comentario


Código de seguridad
Refescar




muycomputer muycomputerpro muypymes muyinternet muymovil muycanal

MuyWindows | MuyMac | MuyLinux | MuyObservador | MuyPro | MuySeguridad.net | MuyAhorro | Blog MuyComputer

Quiénes somos | Publicidad | Condiciones de uso | Aviso Legal | Contacto

Copyright Total Publishing Network S.A. 2008. tpnet Todos los derechos reservados