Trabajar por cuenta propia o en una compañía no sólo es diferente en cuento a derechos y obligaciones. A pesar de que los autonómos gozan de una mayor libertad laboral, el porcentaje de impuestos a pagar son diferentes a los de los asalariados.
La principal diferencia entre estos dos colectivos es el pago a la Seguridad Social que es mucho más elevado en el caso de los trabajadores independientes.
Aunque en muchas ocasiones se piensa que trabajar como autonómo puede ser una maravilla, la diferencia de pagos fiscales de los empleados por cuenta propia y cuenta ajena puede suponer un problema para muchos emprendedores. En el blog Pymes y Autonómos han realizado una comparativa de los impuestos a pagar entre estos dos grupos. Las diferencias son claras.
Inicialmente diremos que los impuestos a pagar por cualquier trabajador son tres: IRPF (impuesto progresivo que depende del salario), Seguridad Social (impuesto que financia la sanidad pública y otras prestaciones) y el IVA (impuesto no progresiva que se incluye en los servicios y bienes). No obstante, los porcentaje a pagar son diferentes dependiendo del tipo de trabajador.
En cuanto al IRPF, si cogemos a un autonómos y un asalariado que cobren 1.000 euros mensuales, ambos deberían pagar un 24% de su sueldo. Por lo que en este impuesto hay un empate técnico.
La principal diferencia entre ambos colectivos está en los pagos a la Seguridad Social. Mientras los asalariados abonan un 6,4% de su salario bruto, los autonómos independientemente de los ingresos tendrán que cotizar el 29,80% de la base de la cotización lo que se sitúa entorno a los 250 euros, cifra que varía anualmente.
Además, los porcentajes en caso de baja no son los mismos: un asalariado disfruta desde el primer día del 100% de su pago, el autonómo sólo lo hace a partir del cuarto día y no le cubre ningún accidente laboral. Los trabajadores por cuenta propia tampoco pueden cobrar el paro y las jubilaciones suelen ser más reducidas.
En el último de los impuesto a pagar por los trabajadores tanto asalariados como empleados por cuenta propia tienen que pagar un 16% de IVA sobre todas las compras realizadas. En este caso, los autonómos también deben rendir cuentas a la Agencia Tributaria del dinero recaudado con las facturas emitidas en su nombre.
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