Tráfico ha suprimido la obligación de presentar el recibo del Impuesto de Circulación para realizar algún trámite ante las Jefaturas provinciales, tal como es necesario ahora, según una resolución publicada este viernes en el BOE.
Hasta ahora, las Jefaturas de Tráfico no tramitaban el cambio de titularidad administrativa de un vehículo en tanto su titular no hubiera acreditado el pago del impuesto de circulación correspondiente al periodo impositivo del año anterior al que se realiza el trámite.
Con la nueva norma, cambia este requisito y Tráfico solamente exigirá la acreditación del pago si le consta que el titular del vehículo no ha abonado el Impuesto. Según ha explicado la DGT, el objetivo es «simplificar y hacer más sencillo los procedimientos administrativos que los ciudadanos tienen que hacer con sus vehículos».
Para ello, cuando finalice el periodo de recaudación de dicho Impuesto de Circulación, los Ayuntamientos transmitirán a través de un sistema informático al Registro de Vehículos de la DGT el listado de contribuyentes que no lo han abonado, siendo únicamente a éstos a los que se les exigirá dicha acreditación cuando realicen trámites antes las Jefaturas.
La DGT calcula que esta nueva norma supondrá anualmente un ahorro de 3 millones de fotocopias y una disminución de las jornadas correspondientes a los aproximadamente cien funcionarios de la Administración Central y Local, actualmente encargados de fiscalizar el cumplimiento del impuesto, y el ahorro aproximado de 22 millones de euros de los ciudadanos en jornadas laborales y costes de desplazamiento que suponía esa falta de interconexión entre las Jefaturas y los Ayuntamientos.
Para lograr que la medida entre en vigor de manera uniforme en todas las ciudades, Tráfico ha establecido una prórroga hasta el 1 de enero de 2011, a pesar de que ha asegurado que «muchos Ayuntamientos ya están preparados para la remisión informática de los datos relativos a este impuesto».