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Sábado, 20 Abril 2024

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La UE obligará a las empresas a pagar en 30 días

UE_fero El Parlamento europeo ha aprobado que empresas y sector público tengan un plazo máximo de 30 días para pagar a sus proveedores, ampliable a 60 días en «circunstancias excepcionales», así como la indemnización por retrasos.

La directiva pactada por los Veintisiete, que entrará en vigor en dos años, tiene como objetivo garantizar que las pequeñas y medianas empresas (pymes) no sufran más problemas financieros debido al retraso en el pago de facturas de autoridades públicas y grandes compañías. 

La norma europea recorta a la mitad el plazo fijado en la nueva ley de Morosidad española, en vigor desde julio, que establece unos plazos máximos de 60 días para los pagos de empresas y de 30 días en el caso de las Administraciones Públicas, ambos casos con un periodo de adaptación hasta 2013. En cualquier caso, la directiva europea establece que en «circunstancias excepcionales» se podrá prorrogar el pago hasta 60 días, siendo necesario presentar una justificación.

Además, este margen de dos meses también será factible si hay un «acuerdo expreso» entre el acreedor y el deudor y si no es «extremadamente injusto» para el acreedor. El interés de demora si se retrasa un pago se fija en el tipo de referencia más un 8%. Además, la Eurocámara y los Veintisiete han acordado una cantidad fija de 40 euros como compensación por los costes de recuperación.

«Hemos querido garantizar que los derechos de las pequeñas empresas se respeten para mejorar la liquidez y crear un mejor clima para las inversiones en nuevos empleos», ha explicado la negociadora por parte de la Eurocámara, la socialista alemana Barbara Weiler. La propuesta original de la Comisión señalaba que los plazos de pago debían fijarse por acuerdo entre el deudor y el acreedor. Pero los negociadores del Parlamento convencieron a la presidencia belga de aceptar la regla de los 30 días para toda Europa.

Para los hospitales, los Estados miembros podrán fijar plazos de pago distintos de hasta 60 días. Esta excepción se contempla por la naturaleza específica de estos centros, que suelen financiarse a través de reembolsos, en virtud de los sistemas de seguridad social.

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