Aquellas compañías que continúen abonando la cuota cameral podrían tener derecho a deducirse el 35% de la base imponible de la aportación en el Impuesto de Sociedades. Así lo afirman fuentes parlamentarias que participaron en el desarrollo del texto definitivo de la Ley de Cámaras de Comercio, aprobado el pasado día 20 de marzo.
El compromiso, que no se ha hecho público en términos explícitos por «cuestiones metodológicas», quedará recogido en el apartado I del Preámbulo de la Ley cuya publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado) está previsto para los próximos días. Para poder llevar a cabo este compromiso, tal y como se detalla en el texto, Hacienda analizará los requisitos que deben cumplir las Cámaras de Comercio para que «a las aportaciones que se realicen a las mismas, les resulte aplicable el nuevo régimen fiscal».
Que la cuota cameral haya pasado a ser voluntaria, implica que gran parte de las empresas españolas, obligadas a adscribirse a las Cámaras, se ahorren el gasto de la cuota cameral. Miguel Garrido, director gerente de la Cámara de Madrid, afirma que de no aplicarse un sistema que incentive a los empresarios «aspirar a recaudar cinco millones de euros vía aportaciones voluntarias es una entelequia», asegura.
De ser así, tal y como podemos leer en El Economista, se perdería en torno al 85% de los ingresos que perciben las Cámaras por este concepto, y que en el caso de Madrid asciende a 40 millones de euros. No obstante Garrido explica que «aunque la perdida es traumática tendrá un resultado positivo, ya que obliga a las Cámaras a adaptarse a las nuevas exigencias del mercado y a hacer un uso distinto de los recursos».