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Viernes, 29 Marzo 2024

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Aprobada la Ley que regula el crowdfunding en España

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El Congreso de los Diputados aprobó ayer la ley que regula el crowdfunding en España, poniendo así fin a la situación de casi alegalidad que vivía este tipo de financiación en nuestro país. Es importante en este punto señalar, que la nueva ley establece un marco regulador únicamente para el crowdlending (préstamos a empresas) y el crowdfunding de inversión, conocido popularmente como equity crowdfunding. No se modifica en cambio el más popular de cara al usuario final, el crowdfunding de recompensas, que es en el que se basa la actividad de plataformas como Kickstarter, Indiegoogo o la española Lánzanos. La ley ha sido aprobada con el apoyo del PP, UPyD, CiU y el PNV, mientras que el PSOE y la Izquierda Plural mostraron su abstención en la votación final.

Tras la incorporación de una veintena de enmiendas en su último trámite parlamentario, se han precisado las condiciones para poner en marcha una plataforma de crowdfunding, de modo que el capital social mínimo de 60.000 euros deba ser desembolsado «íntegramente en efectivo». No obstante, también se permite constituir una plataforma de este tipo mediante una tercera vía: contar con una «garantía equivalente» que tenga un nivel de cobertura «equivalente» a la del capital social mínimo y el seguro de responsabilidad civil.

El Senado también ha reducido el «esfuerzo» que las plataformas de crowdfunding deben hacer en aras a la transparencia, de modo que ya no deba difundir sino únicamente hacer accesible la información entre los promotores de los proyectos y los potenciales inversores a través de su página web. También se clarifica que el crowdfunding estará sometido a la inspección y sanción de la CNMV, pero también a su supervisión.

A propuesta de CiU, las plataformas de crowdfunding no sólo podrán asesorar a los promotores sobre la publicación de sus proyecto, sino que también estarán autorizadas a prestar servicios y asesoramiento en las áreas de tecnología de la información, marketing, publicidad y diseño. Asimismo, contarán con quince meses, en lugar de doce, para inscribirse si quieren realizar nuevas operaciones.

A su paso por el Congreso a finales de 2014, este proyecto de ley ya sufrió cambios importantes, como el aumento hasta los 5 millones de euros de la cantidad máxima que se puede captar mediante ‘crowdfunding’ por parte de los proyectos dirigidos exclusivamente a inversores acreditados o profesionales. Para el resto de proyectos, el límite está situado en los 2 millones de euros por plataforma, en los 3.000 euros por proyecto y en los 10.000 euros por el conjunto de las plataformas que usen los minoristas, que no podrán usar mecanismos de inversión automáticos, como sí se ofrece a los inversores profesionales, que tampoco tienen límite de inversión.

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Además, se prohibió que los proyectos de crowdfunding basados en préstamos pudieran incorporar garantías hipotecarias sobre la vivienda habitual del prestatario y se elevó hasta un año el tiempo en que estas plataformas deben estar inactivas para perder su autorización. El proyecto de ley también recoge otras fórmulas para fomentar la financiación de las pymes, tales como la creación de un nuevo documento ‘Información Financiera-Pyme’ que debe incluir toda la información de las pequeñas empresas sobre seguros, créditos, etc. Asimismo, se prevé que las pymes y los autónomos reciban un preaviso antes de que se les corte o disminuya la financiación.

Imagen: Shutterstock

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