Hace unos días os contábamos en nuestro artículo «Guía rápida de trámites para poner en marcha tu primera empresa» que la mayoría de los proyectos emprendedores que se ponen en marcha, tienen su origen en ese primer autónomo o grupo de autónomos que deciden arriesgar y asumir el riesgo de lanzarse a la piscina.
Uno de los primeros pasos para tener éxito en su aventura no es otro, por supuesto, que darse de alta como trabajadores autónomos. Hacerlo de forma correcta supone completar los siguientes cinco «cómodos» pasos. Pero antes de ponernos «manos a la obra» una advertencia previa: si bien es cierto que no existe un capital mínimo para comenzar nuestra aventura empresarial como profesionales autónomos, también lo es que bajo esta forma legal te responsabilizas con todos tus bienes de las futuras deudas que puedas contraer. Dicho lo cual, estos son los pasos que deberemos dar para tramitar el alta.
Alta en el Censo de Empresarios
Quienes quieran ponerse en marcha deberán formar parte del Censo de Empresarios, profesionales y retenedores. Para ello deberán presentar una declaración de alta en el mismo, utilizando el modelo 036 ó 037. De igual modo se deberá presentar en casos de variación y baja.
Número de afiliación a la Seguridad Social y alta en el RETA
El segundo paso es conseguir tu número de afiliación a la Seguridad Social. Para ello deberás ir la Tesorería General de la Seguridad Social, el mismo sitio en el que deberás solicitar tu alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
Además, deberás inscribir la empresa para que te asignen como empresario un número para tu identificación y control de tus obligaciones: el Código de Cuenta de Cotización.
Elección de la mutua
Desde 2007 los trabajadores autónomos están obligados a contar con una mutua que se encargue de cubrir los gastos derivados de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.
También son las encargadas de dar respuesta ante incapacidades temporales. En el momento de inscribirte en el RETA deberás indicar la entidad gestora por la que optas para este fin.
Apertura del centro de trabajo
Una vez que se inicia la actividad profesional, se deberá proceder a la comunicación de apertura del centro de trabajo, a efectos del control de las condiciones de Seguridad y Salud Laboral.
Obtención de la licencia de actividad
Deberemos solicitar las licencias pertinentes en función de las instalaciones y locales que vamos a ocupar, nuestra actividad específica (comercio, restauración, juego, etc.) y de funcionamiento.