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Martes, 23 Abril 2024

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Diccionario de finanzas: las deducciones, qué tipos hay, cómo se aplican y quién puede acceder a ellas

Las deducciones consisten, a nivel fiscal, en una reducción de los gastos incurridos para producir ingresos. A menudo, estas deducciones están sujetas a limitaciones o condiciones. Las deducciones fiscales por lo general solo se permiten para los gastos incurridos que producen beneficios actuales y se requiere la capitalización de los elementos que producen beneficio futuro, a veces con excepciones.

La mayoría de los sistemas permiten la recuperación de alguna manera en un período de tiempo de la capitalización empresarial y los elementos de inversión, como a través de las asignaciones para depreciación, obsolescencia o deterioro en su valor.

A la hora de realizar la Declaración de la Renta, la Agencia Tributaria establece que hay varias deducciones posibles que vamos a analizar a continuación.

Deducción por familia numerosa, ascendiente con dos hijos o por personas con discapacidad a cargo

Respecto a la deducción por familia numerosa hay que tener en cuenta que los ascendientes – o hermanos huérfanos de padre y madre – que formen parte de una familia numerosa tienen derecho a una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 1.200 euros anuales o 2.400 si es familia numerosa de categoría especial. Además, estas cuantías se incrementarán hasta en 600 euros anuales adicionales por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial, según corresponda.

Para el ejercicio 2018, solo es posible la aplicación de hasta 250 euros adicionales por cada uno de los hijos, por los meses de agosto a diciembre (esto es, desde la fecha en que entró en vigor este incremento hasta la fecha de devengo del impuesto, 31 de diciembre de 2018).

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Hay que tener en cuenta que si dos o más contribuyentes (por ejemplo, el padre y la madre) tienen derecho a la aplicación de esta deducción, su importe se dividirá entre ellos por partes iguales. No obstante, se puede ceder el derecho a la deducción a otro contribuyente que tenga derecho a su aplicación respecto  de la misma familia numerosa. En este caso, si le ceden el derecho a la deducción, al cumplimentar los datos de la deducción en su declaración deberá indicar esta circunstancia, así como el NIF del contribuyente que le cede el derecho.

Respecto a las deducciones para ascendientes con dos hijos, los ascendientes separados legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin
derecho a percibir anualidades por alimentos, tienen derecho a una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de hasta 1.200 euros anuales. Para solicitar esta deducción los contribuyentes deberán cumplimentar las casillas correspondientes de su declaración de la renta, y lo podrán hacer a través de Renta Web.

Por otro lado, los contribuyentes que tengan descendientes con discapacidad a cargo con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes tienen derecho a una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 1.200 euros anuales por cada uno de ellos. Para solicitar la deducción los contribuyentes deberán cumplimentar las casillas correspondientes de su declaración de la renta y lo podrán hacer a través de Renta Web.

Deducción por alquiler de la vivienda habitual

En este caso, conviene dejar claro que solo dará derecho a aplicarse la deducción en aquellos contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad a 1 de enero de 2015.

Para ello resultará necesario que el contribuyente hubiera tenido derecho a la deducción por alquiler de vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por dicho concepto, en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015, debiendo, además, mantener en vigor el contrato de arrendamiento.

Los contribuyentes que tengan una base imponible inferior a 24.107,20 euros anuales podrán deducir el 10,05 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual.

La base imponible deberá ser inferior a 24.107,20 euros tanto en tributación individual como en tributación conjunta.

La base máxima de deducción es la siguiente:

  • Base imponible igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 9.040 euros anuales.
  • Base imponible entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: 9.040 euros – {1,4125 x ( Base Imponible – 17.707,20) }.

Deducción por maternidad

La ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) regula la deducción por maternidad por hijos menores de 3 años de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo nacido o adoptado en territorio español. Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado de la misma.

El abono anticipado de la deducción por maternidad podrá ser solicitado por las mujeres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, pudiendo minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años.

En los supuestos de adopción o acogimiento la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.

En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente, siempre que cumpla los requisitos previstos para tener derecho a su aplicación.

Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación

Los contribuyentes podrán deducirse el 20 por ciento de las cantidades satisfechas en el período por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, pudiendo además de la aportación temporal al capital, aportar sus conocimientos empresariales o profesionales adecuados para el desarrollo de la entidad en la que invierten en los términos que establezca el acuerdo de inversión entre el contribuyente y la entidad.

La deducción solamente resultará de aplicación respecto de las acciones o participaciones suscritas a partir del 29 de septiembre de 2013 (fecha de entrada en vigor de la Ley 14/2013)

La base máxima de deducción será de 50.000 euros anuales y estará formada por el valor de adquisición de las acciones o participaciones suscritas.

No formarán parte de la deducción:

  1. El importe de las acciones o participaciones adquiridas con el saldo de la cuenta ahorro- empresa, en la medida que dicho saldo hubiera sido objeto de deducción.
  2. Cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones, cuando se practique alguna de las deducciones establecidas por su respectiva Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias en el IRPF.

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