La Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA) confirmó hace unos día que ha presentado oficialmente una denuncia ante la Comisión Europea contra el Gobierno de España por no haber transpuesto ni aplicado la normativa comunitaria que permitiría a los autónomos con menor facturación estar exentos de repercutir, liquidar y declarar el IVA.
Motivo de la denuncia
ATA acusa al Ejecutivo español de no adaptar la Directiva Europea 2020/285 al ordenamiento jurídico interno, que establece un régimen de franquicia del IVA (también conocido como IVA franquiciado). Este régimen permite que autónomos y pequeñas empresas con una facturación anual inferior a 85.000 € queden exentos de repercutir y declarar el impuesto.
La directiva en cuestión debía haberse transpuesto al derecho español antes del 1 de enero de este año, y ese día era también la fecha prevista de entrada en vigor del régimen de exención. España sigue sin haber adoptado las normas necesarias, lo que —según ATA— coloca al país como el único de la UE que no ofrece esta exención a los autónomos.
Según la asociación, la falta de transposición genera:
- Mayor carga administrativa para autónomos frente al resto de países europeos.
- Desventaja competitiva frente a profesionales de otros Estados miembro.
- Inseguridad jurídica, al obligar a pequeños negocios a cumplir con obligaciones formales del IVA cuando la normativa europea permite simplificarlas.
La organización solicita a la Comisión Europea que:
- Declare que España ha incumplido la directiva comunitaria.
- Prosiga con el procedimiento de infracción abierto.
- Exija al Gobierno que adopte sin más dilación las modificaciones legislativas pertinentes.
Según fuentes europeas y de prensa, la Comisión notificó a España en 2025 la apertura de un expediente para incumplimiento de la directiva, con posibilidad de llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea si no se corrige la situación —algo que, hasta ahora, no ha ocurrido.
Perfecto. Aquí tienes una explicación clara y completa sobre las consecuencias legales que podría tener esta denuncia de ATA ante la Comisión Europea:
Consecuencias legales de la denuncia de ATA en la UE
Cuando un Estado miembro (en este caso, España) no transpone una directiva en el plazo establecido, la Comisión Europea puede iniciar un procedimiento de infracción, que consta de varias fases:
- Carta de emplazamiento (Letter of Formal Notice)
- La Comisión solicita explicaciones formales al Gobierno español.
- Dictamen motivado (Reasoned Opinion)
- Si la respuesta no es satisfactoria, la Comisión emite un dictamen legal explicando por qué España está incumpliendo la normativa.
- Remisión al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE)
- Si España sigue sin actuar, el caso puede elevarse al TJUE con una demanda formal.
Si el TJUE da la razón a la Comisión España sería declarada en incumplimiento de las obligaciones del Derecho de la UE.
Estaría obligada a adoptar las medidas necesarias para cumplir con la directiva. Pero, si tras una condena, el Estado sigue sin cumplir, la Comisión puede solicitar al TJUE la imposición de sanciones económicas, entre las que pueden incluir multas y sanciones económicas.
El caso es que, mientras no se aplique la directiva, los autónomos españoles siguen obligados a declarar y liquidar IVA, aunque otros en Europa ya estén exentos. Esto genera una situación de desigualdad ante el mercado común europeo.
Puede haber reclamaciones internas contra el Estado español por «daños» o trato discriminatorio.


























