Luchar contra el absentismo y la burocracia son dos de los objetivos de un decreto que se complementará con la nueva ley de mutuas, que también recibirá hoy viernes el visto bueno del Gobierno. De este modo, en procesos inferiores a cinco días el médico emitirá el parte de baja y de alta en el mismo acto médico. El nuevo texto permitirá un papel más activo de las mutuas en el control de las bajas, aunque finalmente no podrá dar altas, que seguirán reservadas para los médicos de la sanidad pública.
Eso sí, cuando una mutua considere que, en función de pruebas médicas de un trabajador, este no debe seguir de baja, enviará una propuesta de alta a la inspección médica, petición que se incorporará a la historia clínica electrónica de los pacientes.
Como podemos leer en ABC, si la inspección médica del servicio público de salud desestima la propuesta de alta de la mutua o no contesta a la misma en la forma y plazos establecidos, esta podrá solicitar el parte de alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que tendrá cuatro días para aceptarla o rechazarla. La ley de mutuas servirá también para inyectar liquidez a la Seguridad Social. Esta norma recortará las reservas que las mutuas pueden acumular sin límite gracias a los excedentes de cotizaciones que logran con la gestión de la bajas y los accidentes de trabajo.
El anteproyecto de ley de mutuas fue aprobado por el Gobierno en diciembre pasado y ahora vuelve al Consejo de Ministros como proyecto de ley, con algunos cambios respecto a lo inicialmente planteado: se establece el cambio de la denominación actual de estas entidades (mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), que pasarán a llamarse mutuas de la Seguridad Social. La razón de esta modificación, según alega el Gobierno, es que su ámbito de gestión va más allá de las prestaciones derivadas de las contingencias profesionales.