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Domingo, 19 Enero 2025

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Requisitos para que una pyme no pague el Impuesto de Sociedades

El 28 de enero de 2015 se publicó en el BOE el RD-Ley 1/2015 con el propósito de aliviar las obligaciones formales a las empresas parcialmente exentas, que no deberán presentar de manera obligatoria el Impuesto sobre Sociedades. De este modo, las entidades cuyos ingresos anuales no rebasen los 50.000 euros no estarán obligadas a presentar el Impuesto de Sociedades. Dentro de estas entidades, según se establece en el artículo 9.3 TRLIS se encuentran:

  • Entidades e instituciones sin ánimo de lucro a las que no les sea de aplicación el régimen fiscal especial de entidades sin fines lucrativos.
  • Uniones, Federaciones y Confederaciones de cooperativas.
  • Colegios profesionales, asociaciones empresariales, cámaras oficiales y sindicatos de trabajadores.
  • Fondos de promoción de empleo.
  • Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, que cumplan con los requisitos de la normativa reguladora.
  • Puertos del Estado y autoridades portuarias.

A continuación se profundiza un poco más sobre los requisitos existentes para que estas entidades no hagan frente al pago de este impuesto.

  • No podrán rebasar los 50.000 euros en ingresos anuales en el periodo impositivo.
  • Los ingresos totalmente pertenecientes a rentas no exentas deberán estar por debajo de los 2.000 euros.
  • Que las rentas no exentas permanezcan sujetas a retención fiscal, quedando al margen aquellas que se encuentren sujetas a la Ley sobre entidades sin ánimo de lucro y las formaciones políticas.

Esta medida entró en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el BOE, una vez que se aprobó en el Consejo de Ministros el 27 de febrero de 2015. En su momento se implantó con carácter retroactivo con fecha de efecto desde el 1 de enero de 2015. Supuso un apoyo para las asociaciones de vecinos y otras entidades de carácter municipal, como explicaban desde el Ministerio de Hacienda, ya que disponen de recursos personales y materiales limitados para atender las necesidades de la Agencia Tributaria.

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