Connect with us

Hola, ¿qué estás buscando?

Lunes, 23 Febrero 2026

Noticias

Cómo tramitar la baja por incapacidad temporal siendo autónomo

Autónomo de baja

Cuando los trabajadores por cuenta propia enferman y reciben por parte de su médico de cabecera la baja laboral, tienen que realizar diversas gestiones para poder percibir un subsidio. Al igual que ocurre cuando los autónomos solicitan prestaciones por desempleo o cuando acceden a la jubilación, no estamos ante un camino de rosas.

Para beneficiarse de la baja por enfermedad, hay que seguir varios pasos. En primer lugar, hay que presentar la documentación médica que acredita la necesidad de descanso en una Oficina de Atención de la Seguridad Social. O en su defecto, en una mutua en la que, como autónomo, estés pagando la cuota correspondiente.

Pero además, el informe médico  debe ir acompañado de otro tipo de documentación. En primer lugar, la solicitud del cobro del subsidio, que se puede obtener de manera telemática en la web de la Seguridad Social­. El solicitante siempre tiene que firmar los documentos correspondientes. Asimismo, el demandante tiene que aportar justificantes de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social en, al menos, los 3 últimos meses.

También es necesario justificar la declaración de situación de la actividad. Es un impreso que está disponible en la web de la Seguridad Social, que es algo parecido a una declaración jurada. En dicho impreso se explica cómo queda la actividad del autónomo mientras esté enfermo, si alguien asume su trabajo, si se produce un cese temporal de la actividad o cualquier otro cambio que se produzca mientras esté de baja. Tiene que ir firmada por el interesado.

La solicitud la puedes realizar personalmente, siempre junto a tu DNI original, o bien a través de una tercera persona, que puede ser un compañero de empresa, familiar o gestor. En estos casos, es obligatorio adjuntar una fotocopia del DNI compulsada. A diferencia de lo que ocurre con otros trámites que se realizan con la Seguridad Social, no es posible realizarlo por vía telemática. 
Una vez se han cumplimentado todos estos trámites, se pude formalizar el subsidio por incapacidad temporal por enfermedad común. El pago se realizará a partir del cuarto día de baja.
Quizás también te interese:

 

Advertencia, desplázate para continuar leyendo

Otros contenidos que te pueden interesar

Recursos

Los departamentos de Recursos Humanos en España se enfrentan a un problema cada vez más evidente: diseñan programas de formación que, pese a contar...

Noticias

En un país donde emprender no es tarea fácil, hay un grupo que lleva años manteniendo el pulso de su negocio, con independencia, tesón...

efactura-blog

Tras la ampliación de plazos anunciada por la Agencia Tributaria para la adaptación a los sistemas informáticos de facturación (SIF), el calendario de VeriFactu...

Noticias

Según el informe del Gabinete de Estudios de ATA,  la no implementación del régimen de franquicia del IVA supone un impacto negativo para los...

Copyright © Total Publishing Network S.A. 2026 | Todos los derechos reservados