Pese a que en líneas generales han subido las cotizaciones que pagan los autónomos a la Seguridad Social en este 2019, hay trabajadores por cuenta propia que no sufrirán estos incrementos en el presente año. Por norma general, la modificación supuso una subida de cinco euros hasta los 283 al mes en lo que a la cuota mínima mensual respecta.
Estos son, según EFE, los colectivos, que no experimentarán subidas en sus cuotas a lo largo de estos 2019.
Autónomos del SETA: son los profesionales afiliados al Sistema Especial de Trabajadores Agrarios.
– Socios de cooperativas: aquellos adscritos al RETA que dispongan de un sistema intercooperativo de prestaciones sociales, complementario al Sistema Público.
– Pluriactividad: aquellos autónomos que se encuentren también contratados por cuenta ajena en otra empresa tendrán la opción de elegir voluntariamente si cotizar o no por incapacidad temporal derivadas de contingencias comunes (IT/CC).
– Religiosos. Del mismo modo, la normativa del Decreto Ley que establece las condiciones de las exenciones, los religiosos y las religiosas de la Iglesia Católica tampoco tendrá que afrontar esta subida.
Otros casos especiales
Aquellos autónomos que compatibilicen la jubilación con su actividad por cuenta propia también quedarán exentos, así como quienes coticen con más de 65 años.
Asimismo, esquivarán esta subida los beneficiarios de la tarifa plana con fecha de alta a partir del 1 de enero, aunque aquí no se incluyen ni la prestación por cese de actividad ni la Formación Profesional.
No obstante, aquellos trabajadores autónomos que a 31 de diciembre de 2018 ya disfrutaran de la tarifa plana y tuviesen la cobertura de la protección por cese de actividad mantendrán la misma debiendo cotizarse obligatoriamente también en estos casos por Formación Profesional.
Quizás también te pueda interesar: