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Martes, 19 Marzo 2024

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Analizamos con una experta las últimas medidas de protección del empleo de Gobierno y patronal

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Hoy se ha publicado en el BOE las medidas en materia de protección del empleo que agentes sociales, empresarios y Gobierno acordaron la semana pasada. Para saber cuáles son las principales novedades, la «letra pequeña» y cómo beneficia y/o perjudica estas medidas a las pymes y autónomos españoles, hemos vuelto a contar con Estela Martín, abogada, periodista y DIRCOM en la asesoría, SincroGO.

A grandes rasgos, Estela destaca del acuerdo, «la prórroga de los ERTEs hasta el 31 de mayo de 2021 y la simplificación de los trámites, en el caso de acogerse o mantener un ERTE por limitación o ERTE por impedimento. Además, se han ampliado los CNAE, que permiten acogerse a exoneraciones. Y se mantiene la cláusula de salvaguarda del empleo durante seis meses, en el caso de empresas que se beneficien de exoneraciones».

En el caso de los ERTE ETOP (causas económicas, técnicas, organizativas o productivas) se mantienen las limitaciones que ya existían relativas a no poder realizar horas extras o nuevas contrataciones, limitaciones sobre externalizaciones y en materia de transparencia fiscal y reparto de dividendos, según nos ha contado la abogada.

Además, otros puntos importantes para pymes y autónomos que destaca Martín en el acuerdo son:

  • En el RDLey 2/2021  se incluye también la prórroga del Plan Mecuida (adaptación y reducción de jornada especial por razones de conciliación) hasta el 31 de mayo.
  • De momento (y hasta que se apruebe el RD por el que se fije el Salario Mínimo Interprofesional , SMI para 2021), están congeladas las bases mínimas de cotización a la SS, lo que puede dar un cierto oxígeno a las empresas.
  • En cuanto a los autónomos, se amplía la protección por cese de actividad y se regulan cuatro tipos de prestaciones (hasta el 31 de mayo).
  • Para este colectivo, mientras no se publique el RD por el que se fije el SMI para 2021, se suspende el tipo de la aplicación del tipo de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos. «Esto significa que los tipos de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar serán los que estaban vigentes a 31 de diciembre de 2020″.

Aferrarse a los ERTEs, una mala idea

Con el objetivo de desmarcarnos de la información oficial, desde MuyPymes hemos querido analizar las medidas y la «letra pequeña» de las mismas, con Estela Martín.

La abogada ve «muy positiva la simplificación de los trámites en el caso de ERTEs de limitación y ERTEs de impedimento»; sin embargo, «el RDLey no contiene medidas que beneficien sustancialmente a las pymes, salvo en aquellos casos donde realmente resulte beneficioso mantener un ERTE (y dado el grado de incertidumbre que tenemos a día de hoy), que hace muy difícil planificar una cierta recuperación a corto-medio plazo, el ERTE puede acabar siendo más un problema que una solución, en los casos de aplicarse exoneraciones».

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«En mi opinión, la prórroga de los ERTEs por desgracia no es suficiente para dar respuesta a la situación límite que tienen ahora mismo muchas empresas, especialmente en ciertos sectores de actividad como restauración, hostelería o turismo. Además, va a plantear una serie de problemas en los tribunales como de hecho, ya estamos viendo. Los ERTEs están pensados, como indica expresamente la normativa (RD 1483/2012, de 29 de octubre), para afrontar una situación coyuntural. Va a cumplirse un año desde que entró en vigor el estado de alarma y difícilmente podemos hablar ya de situación coyuntural».  

Esto probablemente va a ser fuente de conflicto en los tribunales, especialmente en el caso de ERTEs que deriven en despido colectivo (ERE). En este sentido, ya tenemos alguna sentencia de ERTE por Covid-19 que ha derivado en ERE. Si se trata de la misma causa, la empresa tiene que acreditar que se ha producido un cambio sustancial y relevante con referencia a las circunstancias que motivaron el ERTE. Si no, se declarará nulo el despido colectivo, con todo lo que esto conlleva (readmisión, salarios de tramitación…), según indica Estela Martín.

Por otro lado, lo que tienen que plantearse muy seriamente las empresas es la “foto” real que tienen y las previsiones de futuro. Esto no es fácil dada la incertidumbre que tenemos ahora mismo, previsiones de recuperación de consumo, no sabemos a ciencia cierta cuánto tiempo podrán mantenerse las restricciones.

«Desde luego, es prioritario que las empresas que se vayan a acoger a los ERTEs con exoneración se planteen si realmente la medida del ERTE va a permitirles superar la situación y “aguantar” unos meses. Si del análisis que hagan no vean factible la recuperación o que el ERTE, lejos de ayudar a solventar la situación, puede acabar agravándola en el tiempo, es preferible plantearse no acogerse a los ERTEs exonerados y valorar ya otro tipo de medidas (despido colectivo, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo o descuelgues del convenio)».

Estela Martín concluye indicando que no es buena idea fiarlo todo a los ERTEs, dada la situación que tienen las empresas ahora mismo, y que se deberían haber planteado otro tipo de medidas y ayudas para las pymes. «Veremos en los próximos meses cuántos de los ERTEs derivan en despidos colectivos y/o en concursos de acreedores».

 

 

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