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Jueves, 9 Julio 2026

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VI Sesión informativa: El proceso de justificación en el programa Kit Consulting

Fernando Peña

Hoy os presentamos la sexta y última sesión informativa sobre Kit Consulting que trata sobre uno de los aspectos más importantes y que más dudas generan de todo el programa. El proceso de justificación es un paso vital para que todo el proceso culmine con éxito para todas las partes: clientes, asesores y Administración.

Recordemos que este ciclo de sesiones se realiza con la colaboración de Red.es, entidad adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, que gestiona este programa y que cuenta la Cámara de Comercio de España como entidad colaboradora.

Fernando Peña, Subdirector Adjunto de Kit Digital, es el protagonista de esta última sesión y nos cuenta, entre otras cosas, los documentos que hay que presentar para la justificación, así como los plazos y quiénes son los responsables de esta gestión. Además, Peña nos recuerda el importante papel que tiene la tecnología de Inteligencia Artificial en esta fase del programa. Como siempre, finalizamos con algunas de las preguntas que nos habéis mandado previamente los lectores de MuyPymes.

Kit Consulting es un programa de ayudas del Gobierno, gestionado por Red.es dotado con un presupuesto de 300 millones de euros, financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España a través de los fondos NextGenerationEU. El objetivo es que pymes de entre 10 y menos de 250 empleados den un paso más en el camino de su digitalización a través de servicios de asesoramiento.

Como podréis ver en el vídeo, Peña indica que “el proceso de justificación se hace mediante un formulario en la plataforma. Es importante que se adjunte toda la documentación ya que si no se hace, tenemos que requerir una subsanación y esto para el agente asesor es un retraso en el pago. La justificación debe presentarse, como máximo, a los 5 meses de validación del acuerdo. Recordar que el abono del coste no subvencionable ha de presentarse antes de la justificación porque tienes que tener el certificado, haber emitido una única factura como asesor y, una vez finalizado el servicio, una memoria técnica con los detalles de los trabajos realizados. Finalmente, serán necesarias una serie de evidencias de las reuniones mantenidas, ya sean mediante actas o una grabación de la reunión final, que ha de presentarse también”.

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