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Jueves, 12 Marzo 2026

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2014 arranca con importantes novedades para los emprendedores

2014 será un año con algunos cambios fiscales que afectarán directamente a los emprendedores. El más importante, la entrada en vigor  del régimen especial del criterio de caja en el IVA, incluido en la nueva Ley de Emprendedores. Permitirá a pymes y autónomos, a partir del 1 de enero de 2014, aplazar el pago del impuesto hasta que se cobre la factura.

Con ello se sustituye el tradicional criterio de devengo, normalmente vinculado a la facturación, por el de cobro. Este instrumento, de carácter voluntario, permitirá dotar de liquidez a las pequeñas y medianas empresas y autónomos con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros.

El próximo año viene cargado también con otras novedades tributarias, incluidas en la Ley de Emprendedores, a modo de rebajas selectivas de impuestos. En primer lugar, incentivos a la inversión de beneficios. Las empresas con un volumen de negocio inferior a diez millones de euros podrán deducirse hasta un 10 % de los beneficios obtenidos en el período impositivo que se reinviertan en la actividad económica. Será aplicable a los beneficios que se generen en periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2013. En torno a 385.000 empresas de reducida dimensión y personas físicas podrán ahorrarse 600 millones de euros en 2014.
También habrá incentivos fiscales a la calidad del crecimiento a través de la innovación empresarial. Se permite que las deducciones por I+D+i que puedan aplicarse en un ejercicio puedan recuperarse mediante un sistema único en España de devoluciones. Este novedoso sistema garantiza a los empresarios recuperar sus inversiones en I+D e innovación. Se empezará aplicar ya a los gastos e inversiones en I+D realizados en 2013, pudiéndose empezar a cobrar en 2015.
En tercer lugar, deducciones para los «business angels». Con el objeto de favorecer la captación por empresas, de nueva o reciente creación, de fondos propios procedentes de contribuyentes, se establece un nuevo incentivo fiscal en el IRPF a favor de los «business angels», o de las personas interesadas en aportar solo capital para el inicio de una actividad o «capital semilla». Se trata de una deducción del 20% en la cuota estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al entrar en la sociedad. La base máxima de la deducción será de 50.000 euros anuales. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.
Finalmente, están los incentivos fiscales para la cesión de activos intangibles («Patent Box»). Se modifica el régimen fiscal aplicable a las rentas procedentes de determinados activos intangibles (por ejemplo, las patentes) para favorecer su aplicación.

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