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Sábado, 20 Abril 2024

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DEH Online permite la comunicación digital de la Agencia Tributaria con las empresas

DEH Online permite la comunicación digital de la Agencia Tributaria con las empresas

Desde el 1 de enero de 2012 la Agencia Tributaria ha comenzado a aplicar el Real Decreto 1363/2010 del 29 de octubre de 2010 que regula la comunicación online entre la administración pública y las empresas. De este modo, las notificaciones que la Agencia Tributaria dirija a las más de un millón y medio de compañías que operan en nuestro país, se tramitarán a través de una dirección electrónica habilitada (DEH).

DEH Online permite la comunicación digital de la Agencia Tributaria con las empresas

A lo largo del ejercicio 2012 irán desapareciendo paulatinamente las notificaciones que hasta ahora ha enviado Hacienda por correo ordinario a las compañías privadas y la dirección electrónica habilitada se convertirá en el nuevo y único canal de comunicación entre Hacienda y las empresas. Desde el momento en el que la Agencia Tributaria inserta una notificación en este buzón DEH, las empresas cuentan con un plazo de 10 días para consultarlo. Trascurrido ese plazo, se entiende que la notificación ha sido leída por su destinatario.

El problema que surge a la hora de utilizar el buzón DEH por parte de las empresas, y en especial de las pymes, es cuando no tienen conocimiento de que han recibido una nueva notificación. Y es que, pasados 10 días del envío de una notificación a un buzón DEH, Hacienda da por hecho que la compañía tiene conocimiento de la notificación. Por ello, las consecuencias que puede acarrear su desconocimiento por parte de la empresa recaen sobre ella, como el recargo por incumplimiento de los plazos de pago, inicio de una inspección fiscal, etc.

Para solucionar todo esto, DEH Online presta un servicio de vigilancia de entrada de notificaciones y de información a las pymes. Cada vez que Hacienda envía una notificación, DEH Online manda a la empresa un sms de aviso de recepción de un correo electrónico certificado, en el que se encuentra adjunto el documento oficial. Así, con este sistema no es necesario disponer de un certificado digital ni un punto fijo de consulta de las notificaciones.

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