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Lunes, 18 Marzo 2024

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¿Cómo funciona una sociedad de garantía recíproca?

Sociedad de garantía recíproca

Las Sociedades de Garantía Recíproca, también conocidas por sus siglas SGR, son entidades financieras que tienen como objetivo principal facilitar el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas (pymes) y mejorar, en términos generales, sus condiciones de financiación, a través de la prestación de avales ante bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito, Administraciones Públicas y clientes y proveedores.

La creación de este tipo de sociedades tuvo como finalidad resolver los problemas financieros que pudieran surgir en las pequeñas y medianas empresas, prestándole apoyo mediante la concesión de avales que respalden su posición financiera frente a las entidades de crédito, los proveedores, clientes y Administraciones Públicas.

A nivel nacional, las Sociedades de Garantía Recíproca son entidades sin ánimo de lucro, están supervisadas por el Banco de España y son de carácter mutualista. La meta que tienen es facilitar la financiación a las pymes favoreciendo las condiciones para solicitar un crédito.

Ventajas de las SGR

La principal ventaja que obtienen las sociedades de garantía recíproca es el acceso que tienen a la financiación algunas empresas, pymes fundamentalmente, que por falta de garantías no podrían obtenerla, con las consiguientes ampliaciones de los plazos de devolución, debido a los convenios alcanzados con las entidades de crédito que permiten un plazo de devolución de ocho años.

Además, estas sociedades garantizan una mayor seguridad ya que su actividad está sujeta a la supervisión e inspección del Banco de España.

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Asimismo, existen menos barreras que en tiempos pretéritos ya que hoy en día las empresas pueden financiarse de una manera mucho más sencilla. Se estima que el 85% de las firmas que han obteniddo financiación bancaria lo han obtenido, reduciéndose las peticiones denegadas desde el 5,3% hasta el 1%.

Y ya que hablamos de ventajas no podemos obviar los avales. Aquellos que son concedidos a través de las sociedades de garantía recíproca sirven de garantía para que una empresa obtenga la financiación que no conseguía sin éste. En el caso de obtener la financiación, podría optar a un interés inferior y a un plazo de amortización más amplio, lo que termina facilitando su devolución. Este aval además sirve para dar tranquilidad y confianza al banco. Las SGR funcionan, por lo tanto, como intermediario entre los emprendedores y las entidades bancarias. La obtención del aval suele ser asequible siempre y cuando el proyecto sea viable en su conjunto según el equipo que lo analiza.

SGR

Inconvenientes de las SGR

En el lado opuesto de la balanza tenemos los inconvenientes de las SGR. En líneas generales podemos resumirlos en tres. Los costes suelen ser bastante elevados debbidos al aval que termina generando la sociedad. También puede acabar suponiendo un problema el hecho de que sea necesario ser socio así como abonar la cuota social, al menos durante el tiempo en el que concedan el aval. Por último, nos enfrentamos a la tan tediosa burocracia. El proceso de gestión suele ser largo en torno a las sociedades de garantía recíproca debido a los eternos trámites administrativos.

Características de estas sociedades

A grandes rasgos podemos definir las siguientes como las principales características de las sociedades de garantía recíproca:

  • Tienen la consideración de entidades financieras.
  • Se conformará con un mínimo de 150 socios. Es necesario que, al menos, cuatro quintas partes de éstos sean pymes.
  • El capital mínimo para constituir dicha sociedad es de 10.000.000 euros. Éste se dividirá en participaciones sociales con igual valor nominal, acumulables e indivisibles.
  • No podrán conceder ningún tipo de crédito a sus socios.
  • En su nombre social se debe incluir obligatoriamente la indicación de “Sociedad de Garantía Recíproca” o “S.G.R.”.
  • Los socios no responden personalmente de las deudas de la sociedad.

Además, hay que tener en cuenta que las sociedades de garantía recíproca sólo garantizan las operaciones de sus socios. Y aquí podemos mencionar que existen dos tipos de socios: los que son partícipes y aquellos que son protectores. Los socios partícipes son a los que se les presta la garantía de la sociedad, deben ser pequeños y medianos empresarios, habrán de pertenecer al sector o sectores de actividad económica mencionados en los estatutos sociales, y su establecimiento deberá estar situado en el ámbito geográfico delimitado en los propios estatutos

Las SGR junto a los socios partícipes, cuentan con la figura de los socios protectores cuyo papel ha sido de vital importancia para la creación y desarrollo de las SGR. Entre los principales socios protectores, encontramos a las Comunidades Autónomas, Cámaras de Comercio, Diputaciones Provinciales, Asociaciones de empresarios, Bancos, Cajas de Ahorro y empresas privadas.

Tipos de sociedades

En España, la Confederación Española de Garantía Recíproca (CESGAR) distingue entre diferentes tipos de sociedades de garantía recíproca ya que existen las que operan en un ámbito geográfico determinado o las sectoriales.

Entre las sectoriales estaría, CREA S.G.R para el sector audiovisual y existió Oinarri,S.G.R. para las entidades y empresas de la Economía Social pero actualmente se ha fusionado con ELKARGI, S.G.R. quedando como una sección concreta dentro de esta última.

Por otro lado, las sociedades de garantía recíproca geográficas existen prácticamente en todas las autonomías. Es el caso de Avalmadrid S.G.R. en la Comunidad de Madrid, Avalunion S.G.R. en Andalucía o S.G.R. Comunidad Valenciana en la región del mismo nombre.

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