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Domingo, 19 Mayo 2024

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RED, obligatorio para los autónomos a partir del próximo 1 de octubre

Los autónomos tienen poco más de dos meses para darse de alta en el nuevo Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED). A partir del próximo 1 de octubre, será obligarorio que todos los trabajadores por cuenta propia se hayan registrado en un sistema que a partir de ese momento, tendrán que utilizar para realizar todos los trámites relacionados con la afiliación, cotización y recaudación de cuotas.

La obligatoriedad se extiende además la recepción de las notificaciones, por lo que para su consulta y firma se deberá acceder al servicio correspondiente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Para los expertos, el nuevo sistema trae consigo ventajas que facilitarán y agilizarán muchos trámites que actualmente deben realizase en la Tesorería de la Seguridad Social. Y es que a partir de ahora, muchos de estas gestiones pasan a poder realizarse de forma telemática. Entre ellos, destacan los siguientes:

  • Alta o baja en el RETA. Los autónomos podrán comunicar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos hasta 60 días antes de iniciar su actividad. La baja se puede comunicar en los 3 días naturales siguientes.
  • Modificación. Los autónomos que decidan modificar su actividad profesional, pueden comunicarlo a través del sistema cuando quieran.
  • Bases de cotización. Hasta cuatro veces en el año natural, el trabajador por cuenta propia puede modificar su base, informando a través de la vía telemática.
  • Cambio de datos. De igual manera, en caso de necesitar modificar datos en el RETA, es posible realizarlo con el sistema, incluso adjuntando la documentación necesaria
  • Cobertura de contingencias. También se puede modificar las coberturas de incapacidad, enfermedad profesional, accidente laboral, etc. que quiera el autónomo con el sistema.
  • Duplicado de la resolución de alta o baja en el RETA. Se puede obtener a través del sistema de forma sencilla.
  • Acceso a los informe de bases y cuotas ingresadas cuando el autónomo quiera.
  • Poder comprobar en cualquier momento el informe o certificado que acredita estar corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Acceso al informe de vida laboral.
  • Poder consultar en cualquier momento las bases de cotización.
  • Posibilidad de hacer un cambio tu domicilio cuando se necesite.
  • Domiciliar el pago de cuotas a la Seguridad Social.
  • Informar de un teléfono y correo electrónico.

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