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Jueves, 25 Abril 2024

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Conoce el factoring como fórmula de financiación

factoring

El factoring consiste básicamente en un contrato por el cual una empresa encomienda el cobro de los créditos con sus clientes a una firma especializada. Esta, junto con ese servicio, prestará seguimiento y consultoría sobre financiación, garantías de pago, administración y gestión de esas deudas a cobrar. En este artículo os mostramos algunas claves de esta modalidad de finanaciación.

El factoring es una alternativa financiera que está dirigida especialmente a pymes. Normalmente, la compañía de factoring o «sociedad factor» trabaja frecuentemente con sociedades con una actividad exportadora estable, negocios que cuentan con una importante cartera de clientes en el exterior y con ventas muy divididas entre éstos, así como a aquellas sociedades que tienen una cartera de usuarios habituales, con los que ya tiene cierta experiencia y trayectoria.

Las compañías de factoring ofrecen para ellos los siguientes servicios:

  1. Administración y gestión de cobro de los pagos comerciales pendientes, que los clientes mantienen con la intermediaria financiera.
  2. Investigación de los usuarios de los servicios-productos de la empresa contratante, para conocer más sobre sus deudores y así poder definir las garantías de pago y la solvencia que ofrecen, con objeto de poder ofrecerle las facilidades de pago que más se ajusten a su situación.
  3. Control pormenorizado de los pagos y cobros, lo que lleva a la empresa a disminuir sus costes de gestión y administración, pues la firma de factoring realizará estas tareas.
  4. Cobertura del riesgo por insolvencia, una de las prestaciones más valoradas, pues la intermediaria asume en la mayor parte de los casos la posible insolvencia de los créditos del deudor.
  5. Obtención de financiación mediante el pago anticipado de las facturas, el más importante servicio que brindan las empresas factor a las «factoradas», siendo este el que más ha contribuido a su aceptación y gran desarrollo en el mercado internacional.

A tenor de las funciones expuestas y del perfil de contratantes –pequeñas y medianas empresas, a las que más afectan los impagos –, las ventajas de este fórmula de financiación son claras: el factoring permite financiar la venta, eliminar el riesgo de impagos, más posibilidades de cobrar deudas pendientes con clientes y se evita además la carga administrativa que supone gestionar la cartera de clientes del exterior.

Pero no todo van a ser ventajas. Expertos financieros reseñan que el principal inconveniente que plantea este método de cobro es que el exportador se aleja de sus clientes. Pierde así información clave sobre su negocio –competencia, tendencias de consumo, etc.–, puesto que ahora es la entidad financiera la que tiene una relación más estrecha con dicho cliente.

El factoring viene a sumarse a las numerosas modalidades de financiación que han salido al merado en los últimos años, sumándose al leasing, renting, franchising y… factoring, entre otros.

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En España, las sociedades de factoring se han integrado dentro de los establecimientos financieros de crédito, dependientes del Ministerio de Economía y Hacienda, mediante la Ley 3/1994 de 14 de abril, por la que se adapta la normativa española a la II Directiva europea.

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