La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, mantuvo ayer una reunión con los secretarios generales de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, y UGT, Cándido Méndez, y los presidentes de la CEOE, Juan Rosell, y CEPYME, Jesús Terciado, para abordar la situación abierta tras el fallo del Tribunal Constitucional, que ha declarado «inconstitucional y nulo» el sistema de cálculo de los periodos de cotización en los contratos a tiempo parcial cuando se solicita el cobro de una pensión contributiva.
Según se ha constatado en la reunión de este martes, la sentencia no sólo afecta a los contratos a tiempo parcial, sino también a los contratos de trabajo fijo-discontinuo a tiempo parcial o completo y para el cálculo que cualquier prestación (jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, maternidad y paternidad).
El origen de esta sentencia proviene de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que se deriva, a su vez, del caso de una trabajadora, a la que le fue denegada una pensión contributiva de jubilación porque no reunía el periodo mínimo de cotización de 15 años exigido. La mujer tenía acreditados 18 años de cotización, 11 de ellos en jornada a tiempo parcial, pero insuficientes para cumplir los requisitos.
