¿Conoces las ventajas para poner marcha una fundación en tu empresa? Es cierto, que supone una burocracia y llevar un papeleo que hay que seguir a rajatabla para no dar pasos en falso. Te cometamos cuáles son uno a uno todos los trámites que hay que seguir a la hora de poner en marcha una entidad de este tipo:
- Estudia los estatutos: La fundación se rige por unos estatutos que reflejan la voluntad del fundador o fundadores, pero que deben tener un contenido mínimo establecido por ley. Vidal Bosch, de ARL Abogados, recomienda simplificar al máximo su redacción y establecer con claridad en ellos la relación entre la pyme y a fundación.
- Solicita una certificación negativa de denominación al Registro de Fundaciones correspondiente (estatal o autonómico).
- Acude al banco a realizar el ingreso de la dotación inicial a nombre de la fundación: Si la dotación fundacional no es de carácter dinerario, se presentará un informe realizado por un experto independiente donde se valoren los bienes afectos.
- Eleva a escritura pública los estatutos y la escritura de constitución ante notario. Ésta debe incluir los datos del fundador, la voluntad de constituir una fundación, el certificado bancario o el informe del experto, los estatutos, la identificación de los patronos y de los cargos, así como su aceptación de los mismos.
- Solicita el NIF provisional de la Delegación de Hacienda y acude a la consejería de Hacienda para realizar la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y de Actos Jurídicos Documentados (modelo 600, casilla no sujeción).
- Solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones: Allí habrá que presentar la escritura pública de constitución, los estatutos, el NIF provisional, la liquidación de impuestos y la aceptación de los patronos, si no lo hubieran hecho antes. Una vez inscrita en el registro, la fundación adquiere personalidad jurídica.