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Jueves, 28 Marzo 2024

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Resolvemos las principales dudas de los autónomos de la nueva legislación de cuotas

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El nuevo sistema de cotización para autónomos ha suscitado una gran cantidad de dudas entre los más de 3,3 millones de trabajadores por cuenta propia, debido principalmente al número de cambios que ha sufrido la propuesta de ley a lo largo del año. Y a pesar de su aprobación, según el primer Informe sobre la Declaración de la Renta y Política Fiscal Española elaborado por TaxScouts, el 50% de los españoles que trabajan por cuenta propia dejaría de ser autónomo por la nueva ley y buscaría otra forma de desempeñar su actividad profesional.

Adicionalmente, según datos del mismo estudio, el 52% de ellos cree que las cuotas se deberían pagar en función de los ingresos y no ser una cuota fija. Mientras que el 40% de ellos opina que, a pesar de que sea un sistema progresivo, las cuotas mensuales son muy elevadas. Teniendo en cuenta las incertidumbres generadas alrededor de la nueva legislación, TaxScouts destaca y resuelve las principales dudas de los autónomos españoles.

¿Cómo se calcula la base de cotización?

Las nuevas cuotas aprobadas este verano se calcularán en función de los ingresos netos mensuales que obtengan los trabajadores por cuenta propia de la siguiente manera: al beneficio de la actividad (beneficio anual: base imponible de las facturas menos los gastos deducibles), habrá que sumarle lo pagado a la Seguridad Social, y al resultado se le resta un 7% de gastos de difícil justificación. El resultado de esta operación se divide entre 12, y esa es la cifra de Ingresos Netos Mensuales, a partir de la que se puede aplicar la nueva tabla de cotizaciones.

Los autónomos deben tener en cuenta que en el caso de que el tramo de cotización seleccionado no se corresponda con los ingresos reales que se acaban facturando, se podrá cambiar de tramo cada 2 meses, es decir, un total de seis veces a lo largo del año, es por ello que resulta imprescindible hacer una estimación de ingresos lo más cercano posible, basándose en los resultados obtenidos el año anterior. En el caso de que a final del año se ha cotizado de menos por haber elegido un tramo más bajo de lo que se ha cobrado, se tendrá que devolver la parte restante. En el caso contrario, en el que se haya cotizado en un tramo de cotización mayor al de los ingresos reales, la Seguridad Social devolverá el importe correspondiente. Los nuevos autónomos podrán beneficiarse de la tarifa plana, que a partir de enero pasará a ser de 80€, por lo que no tendrán que hacer estas operaciones.

¿Qué trámites se deben hacer con el cambio de sistema?

La única gestión que deben realizar los trabajadores por cuenta propia es comunicar a la Seguridad Social la base de cotización elegida en base a los ingresos reales, a través de la plataforma Import@ss.

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¿Qué ocurrirá con la tarifa plana?

Con esta nueva reforma de las cuotas de autónomos, la tarifa plana se encarece un 33%, pasando de los actuales 60€ a 80€. Los autónomos que se hayan dado de alta antes del 1 de enero de 2023 podrán seguir disfrutando de la cuota de 60€ hasta que se cumpla su primer año como trabajadores por cuenta propia, posteriormente se aplicará el actual sistema de reducciones de la tarifa plana pero respecto a las nuevas cuotas.

¿Cómo afecta a los autónomos la ‘tarifa cero’ propuesta por la Comunidad de Madrid y Andalucía?

La propuesta tarifa cero supondrá que todas aquellas personas que quieran darse de alta como autónomos tendrán la exención total de la cuota, siendo la Administración la que asuma el pago del 100% de las mismas. A pesar de que todavía los detalles no se conocen, se podrán acoger a esta nueva tarifa todos aquellos emprendedores que se den de alta por primera vez en el RETA y aquellas madres que hayan cesado su actividad como autónomas por nacimiento o adopción de hijos y que volvieran a la actividad en los siguientes dos años.

La Administración ha asegurado que subvencionará durante el primer año el 100% de la cuota de autónomos a todos estos trabajadores y aquellos autónomos que no lleguen al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) podrán seguir con esta tarifa cero los dos años.

Las nuevas cuotas de autónomos han generado mucha confusión durante este año, debido al abanico de propuestas realizadas durante los meses de negociaciones. Con la ley finalmente aprobada, se vuelve imprescindible para todos los trabajadores por cuenta propia que conozcan bien los cambios que supondrá a partir del 1 de enero del próximo año así como las distintas propuestas y exenciones que están preparando las comunidades autónomas para poder sacarle el mayor partido posible a ser autónomo”, afirma Jaume Suñol, General Manager de TaxScouts España.

 

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