En base a los datos de Hacienda correspondientes al ejercicio de 2008, declarado en 2009, se ha desvelado que las grandes empresas tributaron a un tipo efectivo menor que las pymes. La información ha sido publicada por el diario Cinco Días.
En concreto, las empresas grandes tributaron a un tipo efecto del 20,2 % cuando su gravamen nominal es del 30%, las pymes por su parte, tributaron a un 22,9 % cuando su tipo nominal es del 25 %.
Esto supone que las pequeñas y medianas empresas tributan 3 puntos por encima que las grandes empresas, lo que demuestra que el Impuesto de Sociedades no trabaja bajo un modelo recaudatorio progresivo en función del volumen de ingresos.
El fenómeno se da en España por las siguientes particularidades fiscales: En primer lugar, el país tiene un tipo nominal alto, el cuarto más alto de la UE. En segundo lugar, la ley española permite realizar un número de deducciones fiscales alto en comparación con los demás países de la Comunidad europea. A esto se suman, las nuevas deducciones de la Ley de Economia Sostenible, que eleva la deducción por actividades de carácter innovador del 8 % al 12 %, lo mismo sucede con las inversiones que respeten el medio ambiente, donde las deducciones han pasado del 4% al 8%. Es decir, más deducciones que reducen la factura fiscal y que en ocasiones sólo están al alcance de las grandes empresas.
Tras las nuevas reformas fiscales que entraron en vigor a principios de año, una empresa será declarada de reducida dimensión, si no supera los 10 millones de euros como cifra de negocio (antes eran 8 millones). Ser una pyme permite tributar al 25 % por los primeros 120.000 euros de beneficio y posiblemente esa cantidad se eleve hasta 300.000 euros.
Por otro lado, este año, las grandes empresas podrán disfrutar además de libertad de amortización, conserven o no la plantilla, aspecto que si se les ha exigido siempre a las pymes, por lo que las ventajas fiscales de las grandes no han hecho si no aumentar.
Según el diario Cinco Días, esto podría afectar en el futuro a la recaudación de un tributo que no ha hecho más que reducirse con los años, de forma mayor incluso que la recaudación del IRPF y el IVA.