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Viernes, 26 Abril 2024

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La gripe A dispara las alarmas en las empresas

El posible impacto de la gripe A en nuestro país preocupa, y mucho en las empresas. En este sentido los asistentes a la Jornada «Gripe A y Planes de Prevención en el entorno laboral» mostraron su preocupación por el absentismo laboral, y el posible incremento de gastos extraordinarios.

En este sentido, el director del Servicio de Medicina del Trabajo y Prevención de Deloitte, Javier Sanz, destacó que el problema de esta gripe «no es la letalidad, sino el pánico que puede generar en la población esta situación».

En relación con la asistencia sanitaria, una epidemia de gripe A supone una situación excepcional que demanda soluciones a muchos niveles, por lo que existirá la necesidad de complementar los servicios públicos con los privados. Según la doctora Mª José Sanagustín, directora de Salud de Aon Consulting, para la empresa es «importante analizar la postura de las compañías aseguradoras privadas y comprobar el alcance de sus propias pólizas».

«La práctica totalidad de las compañías de salud excluye en sus condicionados la cobertura asistencial de las epidemias declaradas oficialmente, aunque la postura de la mayoría es aceptar los gastos de asistencia ambulatoria hasta que se llegue a la sospecha del diagnóstico», apuntó. En cuanto a los seguros de accidentes y de vida, la gripe A, al tratarse de una enfermedad, no es objeto de cobertura por los primeros.

En relación con los seguros de vida, en la mayor parte de las pólizas estaría incluido tanto el fallecimiento como la invalidez ocasionada por la pandemia, aunque las compañías aseguradoras no esperan incidencias significativas en la siniestralidad y en principio le darán el mismo tratamiento que a cualquier otro siniestro. Según el director Técnico de Aon Risk Services, Javier Pérez, los seguros de daños patrimoniales y lucro cesante «no proporcionan cobertura ante los riesgos derivados de una pandemia».

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«Existen extensiones de cobertura que cubren pérdidas de ingresos y gastos adicionales no originados por un daño material y que podrían dar solución a ciertos riesgos, aunque el mercado asegurador ha restringido la suscripción de extensiones especiales para riesgos de pandemia y en el caso de que puedan negociarse, su alcance sería muy limitado y con coste adicional», aseveró.  

En cuanto a las reclamaciones por responsabilidad civil, sería necesario que concurrieran todos los requisitos generales (acción u omisión, culpa, daño y nexo de causalidad) para que el asegurado sea considerado responsable por un órgano judicial, y las posibilidades de que esto ocurra son reducidas.  

En el caso de reclamaciones de empleados, el mercado asegurador interpreta que el hecho de contraer gripe A no constituye accidente laboral, por lo que no estarían cubiertas. Sólo en el caso de que un órgano judicial dictaminara lo contrario habría que examinar las exclusiones de la póliza y analizar las posibles consecuencias. En cuanto a las pólizas habituales de responsabilidad civil, no contienen en la actualidad ninguna mención específica a la gripe A ni exclusiones genéricas relacionadas con pandemias, ni está previsto que introduzcan por parte del mercado asegurador.

 

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