Casi el 70% de los ciudadanos considera necesaria una reforma en el mercado de trabajo español, frente al 12% que no la ve pertinente, según una encuesta realizada por el periódico ‘online’ de recursos humanos RRHH Digital entre más de 10.000 personas.
Esta publicación de Internet ha consultado además a diferentes profesionales sobre la conveniencia o no de acometer una reforma laboral, y la conclusión es que España necesita una reforma que equipare los derechos de los trabajadores.
Así, el director de Recursos Humanos de Pullmantur, José Luis de Arcenegui, cree que la reforma laboral es necesaria porque, a su juicio, el mercado laboral español distingue entre trabajadores «de primera y de segunda», esto es, los veteranos protegidos con indemnizaciones por despido de 45 días, y el resto.
Así, Arcenegui apuesta por flexibilizar y abaratar las salidas del mercado laboral porque eso haría mas fácil a su vez las nuevas contrataciones. «Abaratar el despido no va contra el trabajador sino todo lo contrario», opina este experto.
Por su parte, la directora de Recursos Humanos de Ifema, María Martínez, explicó a RRHH Digital que la reforma laboral es necesaria porque España no puede prescindir del talento de muchas personas que hoy día no encuentran una manera de acceder al mercado laboral.
En su opinión, es prioritaria la creación de un contrato flexible que permita dar salida a la gran cantidad de mano de obra que necesita trabajar, y que incentive a las empresas contratar «sin miedo» a vulnerar derechos adquiridos en otras circunstancias socio-económicas.
Por último, el abogado laboralista Fernando Vizcaíno entiende que la reforma laboral es esencial debido al carácter proteccionista de la legislación laboral, centrado «en proteger y conceder derechos a una parte y no en crear los elementos necesarios para que una economía de mercado se dé en términos de competitividad y flexibilidad».
Vizcaíno se muestra partidario de diseñar contratos temporales más flexibles, no causales y más seguros, incluyendo contratos con plazo cerrado (3 ó 5 años) e indemnización fija (de 25 a 28 días).