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Viernes, 26 Abril 2024

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El Gobierno, dispuesto a endurecer el control del absentismo laboral

El Gobierno, dispuesto a endurecer el control del absentismo laboral

Antes de que comience el verano, el Consejo de Ministros aprobará una de las novedades incluidas en el real decreto sobre incapacidad temporal (IT) elaborado por los Ministerios de Empleo y Sanidad, y que tiene que ver con la duración media de las bajas para frenar el absentismo laboral, una amenaza histórica en España para la productividad y competitividad de las empresas.

El absentismo laboral se ha convertido en un problema para la economía española, que cobra especial importancia en un momento en el que ahorrar recursos es crucial para la Seguridad Social. Según los datos, en 2013, último año completo, se registraron un promedio de 262.345 bajas por incapacidad temporal en media mensual, un dato que contrasta con los 483.011 procesos de finales de 2007. Esto quiere decir que durante la crisis las bajas laborales se redujeron un 45,6%.

Pero si se analizan los datos de 2014 hasta abril y se comparan con el cierre de 2013 la tendencia es inversa. Los procesos de baja registrado durante este año ascienden a 330.427 de media al mes, un 25% más que en 2013.

Aún así, con este nuevo decreto los controles serán más exhaustivos. Se permitirá intercambiar datos para el control de la incapacidad temporal entre las distintas entidades y administraciones implicadas en la gestión de los procesos de IT. Esta mayor información permitirá también desarrollar un mapa de patologías nacional, clave para analizar la etiología y conocer las razones por las que se producen esas incapacidades en cada territorio.

Los cambios normativos son complementarios a las medidas que recogerá la ley de Mutuas. El anteproyecto que estudió el Consejo de Ministros, pero pendiente todavía de aprobación, permite a esas asociaciones de empresarios controlar el fraude en las bajas. Así, podrán dar por terminada la baja médica de un trabajador si la sanidad pública no responde a su propuesta de alta en cinco días. Ahora, las mutuas solo deciden altas si se trata de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En el caso de enfermedades comunes y accidentes no laborales, se limitan a pedir el alta al médico de cabecera de los servicios públicos.

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