La reforma de la Ley Concursal, aprobada el pasado viernes, favorecerá que las empresas en dificultades económicas puedan disociar su vida económica de la concursal para alcanzar un acuerdo de refinanciación.
De esta forma, ya sea por medio de liquidación o convenio anticipado, muchos empresas podrán salvar su negocio, tal y como explicaron ayer un grupo de abogados expertos de la firma Uría Menéndez en un encuentro mantenido con varios medios de comunicación.
«La nueva Disposición Adicional Cuarta introducida en la Ley Concursal favorecerá los acuerdos de financiación por la vía de liquidación o convenio», afirmó el abogado Alberto Núñez-Lagos, quien explicó que la antigua ley Concursal provocaba que la empresa «se viera abocada a la liquidación porque su actividad quedaba paralizada al entrar en concurso».
En este sentido, tras la aprobación de la nueva Ley, «se pretende evitar que la empresa esté en concurso más de un mes y liberar al negocio de la carga de estar en concurso», aseguró la socia de la oficina de Barcelona de Uría Menéndez, Ariadna Cambronero.
Por este motivo, los abogados explicaron que la inclusión del artículo 142 bis abre la posibilidad al deudor de presentar una liquidación anticipada que podría llevarse a cabo en tres o cuatro meses, en lugar de los entre uno y dos años que se tardaba con la legislación anterior.
Así, los empresarios podrán presentar el plan de liquidación anticipada después de la emisión del informe concursal y no tras la finalización de la fase común, lo que permitiría, entre otras soluciones, «vender la compañía a un tercero, obtener dinero para pagar a los acreedores y mantener a los trabajadores y proveedores».
