Horas después de publicar nuestro artículo «¿Nadie quiere a Uber?», nos enteramos que un juez de lo Mercantil ha prohibido la actividad de Uber en España de manera cautelar estimando la demanda de la Asociación Madrileña del Taxi.
La orden llega desde el juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid y además del cese de operaciones de la popular plataforma de transporte de viajeros, ordena a las operadoras de telecomunicaciones la suspensión de cualquier tipo de servicio relacionado con Uber y a los servicios financieros que actúan como medio de pago para el mismo, 4B, VISA u otros.
La orden cautelar se ha tomado sin escuchar a la compañía al tener su sede en el paraíso fiscal de Delaware y atribuir a los administradores “una deliberada vocación de opacidad”. El fallo recuerda que la prestación del servicio con vehículo propio debe ajustarse a la Ley de Ordenación de los Transportes que exige la obligatoriedad de tener licencia o autorización de transporte para contratar y facturar.
El juez estima, por tanto, que la aplicación ejerce “competencia desleal” y prohíbe Uber en España, aclarando que no es una cuestión de debate filosófico sobre la libertad de mercado en general ni la economía cooperativa en particular, sino de “una protección cautelar basada en la legalidad vigente”.
A la espera de que la compañía recurra la sentencia, fuentes de Uber han señalado que de momento van a seguir prestando servicio como lo han venido haciendo hasta ahora, reafirmándose en sus argumentos clásicos, a saber: que son un servicio de coche compartido y que los conductores de UberPop no tinen ánimo de lucro, sino que sólo comparten los costes de propiedad de su vehículo.