Según la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos, UPTA, que presentó ayer sus observaciones al texto del Anteproyecto de Ley de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, trabajadores autónomos del sector de la construcción y el transporte del sistema de declaración objetiva por módulos quedarían excluidos del mismo si tienen unos rendimientos íntegros superiores a 50.000 euros anuales y estos provienen mayoritariamente de relaciones mercantiles con empresas.
Desde la organización también han observado que limita la posibilidad de pagos en efectivo superiores a 2.500 euros cuando una de las partes lo hace en calidad de empresario o profesional. UPTA ha declarado que no se opone al contenido básico de ambas disposiciones, pero propone mejoras que son sustanciales para evitar el perjuicio social que la primera puede producir.
Sobre los módulos, UPTA pide que la limitación de 50.000 euros se refiera a los rendimientos netos una vez deducidos los gastos profesionales y no al volumen total de operaciones, también se pide que queden fuera de la exclusión los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADES), ya que estos están obligados a facturar a sus empresas de referencia, aunque sus servicios finales lo sean para los consumidores particulares.
En cuanto a la limitación de pagos en efectivo, UPTA considera que, con el fin de luchar eficazmente contra el fraude y la competencia desleal, «es mucho más importante controlar las posibles transacciones comerciales que pudieran producirse entre particulares que realmente tienen carácter mercantil».
